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En el siglo XX, con la gran depresión en los Estados Unidos, surgieron las primeras manifestaciones de los consumidores contra la especulación y en demanda de un control de precios. En la primera mitad del siglo XX se organizaron movimientos de consumidores que exigían protección y derechos, y fue hasta la segunda mitad del siglo que estos derechos empezaron a ser formalmente reconocidos.

 

En la actualidad existen normas jurídicas nacionales e internacionales que defienden a los consumidores. Entre las leyes internacionales destacan la Carta Europea de Protección de los Consumidores. Publicada en 1973, este fue el primer documento que reconoció el “derecho de los consumidores a organizarse en asociaciones y a ser representados”, y que les ofreció protección. Ese mismo año se creó el Comité Consultivo de los Consumidores.

 

Posteriormente fue creado el Programa Preliminar para la Comunidad Económica Europea de una Política de Información y Protección de los Consumidores. Además, en la Organización de Naciones Unidas se establecieron las Directrices para la Protección al Consumidor, en abril de 1985. Con estas directrices fue creado el marco en que se basan los derechos del consumidor que México reconoce.

En México, los consumidores están protegidos por la Ley Federal de Protección al Consumidor. En el primer artículo de esta ley se reconocen como principios básicos de las relaciones de consumo:

  • la protección de la seguridad, vida y salud del consumidor,
  • el derecho a la educación y divulgación,
  • el derecho a la información,
  • el derecho a la efectiva prevención y reparación de daños,
  • el acceso a órganos administrativos, y
  • el derecho a la protección de los intereses económicos del consumidor.

 

Con base en esta ley, la Profeco reconoce al consumidor siete derechos: a la información, a elegir, a no ser discriminado, a la protección, a la educación, a la seguridad y calidad, y a la compensación.

Sin restarle valor, este primer enfoque de derechos reconocidos legalmente es limitado. La protección a la vida y la salud no se cumple desde el momento en que consumimos miles de sustancias químicas añadidas a los alimentos procesados sin ser informados acerca de sus riesgos; mientras desconocemos la manera como contribuimos -mediante nuestro consumo- al deterioro del entorno, del planeta, de nuestra salud y de nuestra vida. Así, tampoco se ejerce plenamente el derecho a la educación y la información. Además, la reparación de daños provocados por el consumo de productos o servicios no es habitualmente cubierta por los proveedores, ya que los costos los asumen directamente los propios afectados o indirectamente los contribuyentes, cuando el Estado asume la responsabilidad de la reparación.

 

Por ello, uno de los objetivos de El Poder del Consumidor es reforzar los derechos de los consumidores y ampliarlos con el reconocimiento de nuevos derechos aún no considerados por las leyes mexicanas.

 

 

También tienes estos derechos:

> Derecho a la educación y la información.

> Bienes comunes y públicos.

> La efectiva prevención y reparación de daños.

> Protección a la economía del consumidor.

> Vida y salud del consumidor.

 

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